¿CABE RESERVAR #PLAZAS FUNCIONARIALES A PERSONAS POR SU CONDICIÓN SEXUAL?
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¿CABE RESERVAR #PLAZAS FUNCIONARIALES A PERSONAS POR SU CONDICIÓN SEXUAL?

En la actualidad todo el mundo busca la singularidad y la diferenciación: desde un pequeño territorio por poseer un dialecto lingüístico hasta quienes se sienten de un género sexual específico; todos quieren gozar de un plus de identidad para tener mayor relevancia o presencialidad. La idea es dejar de ser minoría para medirse con la mayoría o hacer girar la igualdad de oportunidades para convertirla en igualdad de resultados.


Se dice q la lotería genética y social es injusta. Tener capacidad, intelectualidad o vocación no es un hecho adquirido por la voluntad sino un don dado por la genética, es decir, sin merecimiento alguno. Eres lo q eres no gracias a ti.


Desde esa concepcion, la naturaleza es injusta. La construcción social es la q te llevará a las puertas de la justicia. Lo q te quita la biológica, te lo debe otorgar el grupo al que perteneces. Esta es la maxima


Con esta argumentación, no hay regla pq todo es excepción. Para cada caso una regla, y no una regla para todos los casos. En este panorama, todo se lleva a la categoría del deber ser. Y todo puede llegar a ser. Como no todo el mundo puede llegar a la meta, se hace q la meta llegue al individuo, independiente de su real esfuerzo, trabajo o contribución. La lotería de la genética no le tocó con la varita mágica del esfuerzo. A ti, sí.


El empleo público busca a los más capaces. No todo el mundo puede estar a los mandos de una burocracia imperativa q afecta a bienes jurídicos esenciales. El remedio durante años ha sido demostrar ante especialistas objetivos conocimientos suficientes para estar en un puesto a los mandos de lo estatal. No hay otras variables q la capacidad y el mérito. Es decir, lo interno con lo externo. Saber y demostrar q se sabe.


Partiendo de la base de q todos tenemos dos brazos, dos piernas y un cerebro, y dejando a un lado a quienes padecen problemas objetivos funcionales, todos partimos del mismo punto. Un temario, una memoria, un gran esfuerzo, un trabajo personal y mucha suerte. Todo lo q se añada a eso, desequilibra la balanza de igualdad de oportunidades y por tanto, de la Justicia distributiva. La equidad -q es el criterio humanizador de situaciones injustas- no actúa de ecualizador. La inequidad actúa como punto de inflexión de la justicia resultativa. El resultado adjudicado o prefabricado fuera del mérito y la capacidad, es decir, del merecimiento. Y ello por razón del “constructo” social, que es el que tiene que hacer de justicia. La naturaleza nos desiguala a todos y por tanto, nos pone en lugares equivocados.


Sin embargo; fuera del mérito y la capacidad, no hay nada, solo igualitarismo, pero no igualdad. Por eso, la igualdad del art. 23.2 es una igualdad de punto de salida, cuyos únicos pesos desequilibradores son el mérito y la capacidad.


Esta es la razón por la q estas bases son ilegales pq mete como peso desequilibrador, una condición ajena al mérito y la capacidad.


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